Luego de cuatro días de audiencia de evaluación y preparatoria de juicio del caso Plaga, el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Edison Cantos, la tarde de este miércoles, 12 de marzo, suspendió la diligencia e ingresó a analizar los elementos expuestos por el fiscal general subrogante Wilson Toainga, el abogado del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), como acusador particular, y de las defensas de los catorce acusados por el delito de delincuencia organizada.
En la cuarta jornada de audiencia de Plaga intervinieron los abogados de Adriana Carolina Z. C. y de Jonathan Roberto A.Sh., este último señalado como uno de los dos líderes de la organización criminal investigada. Ellos fueron los dos últimos procesados que participaron para rechazar los argumentos y los elementos entregados al juez por parte de la Fiscalía y la acusación particular.
El fiscal subrogante refirió en que en el año 2022, dentro del caso Plaga, se empezó a gestar una “estructura criminal” liderada por Christian Giovanni R. M., quien habría tenido como uno de sus principales coidearios al abogado Lenín Vimos, ya sentenciado en esta causa por procedimiento abreviado. Toainga aseguró que la finalidad de esta organización era destrozar a la administración de justicia mediante una serie de delitos destinados a la obtención de beneficios económicos y otros de orden material.
“Es por esto que en el presente caso serán comunes las alusiones a cohechos agravados, tráficos de influencias, concusiones, prevaricatos, enriquecimientos ilícitos, lavado de activos e incluso oferta de tráfico de influencias desarrollados dentro del tráfico cotidiano de la justicia ecuatoriana. Justamente al ser la administración de justicia el campo en el que se desenvolvía esta estructura delictiva resulta obvia la colaboración de actores jurídicos para lograr su finalidad”, anotó.
Desde la Fiscalía se ha dicho que el grupo organizado procesado en la presente causa se gestó con la finalidad de obtener beneficios económicos a cambio de la liberación e impunidad de los ciudadanos privados de la libertad, para lo cual la cúpula criminal a cargo pudo mover los hilos de esta estructura se valía de la colaboración de varias personas desde diferentes aristas tanto en la función pública como en el ámbito privado.
Toainga acusó a Christian Geovanny R. M. y a Jonathan Roberto A.Sh. como autores directos del delito de delincuencia organizada en calidad de líderes de la red investigada; mientras que a los restantes doce procesados como colaboradores dentro de una “organización delictiva” que habría operado de forma ilegal para el otorgamiento de acciones constitucionales a personas privadas de la libertad con sentencias por delitos penales, como abuso sexual y robo con muerte, y, en otros casos, relacionados a organizaciones criminales.
Al final de la exposición del dictamen acusatorio y de los elementos de convicción que posee contra los catorce procesados, Toainga pidió al conjuez Cantos que llame a todos a juicio. Actualmente los ubicados como líderes de la “estructura criminal” mantienen órdenes de prisión preventiva que no han cumplido, por lo que son vistos como prófugos de la justicia.
El caso Plaga arrancó investigando a 31 personas, pero luego de quince sentencias reducidas por procedimiento abreviado y dos dictámenes abstentivos emitidos por la Fiscalía, solo quedan siendo procesadas catorce personas.
El conjuez Cantos informó que el próximo miércoles,19 de marzo, dará a conocer de forma oral la decisión a la que llegue luego del análisis que realice. Es decir, resolverá si decide llamar a juicio a los procesados al ver que existen suficientes elementos que hacen presumir la participación de éstos en el delito de delincuencia organizada o emite un auto de sobreseimiento para los acusados al entender que no hay elementos que deban ser debatidos ante un Tribunal de Juzgamiento de la CNJ. (I)
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